sábado, 8 de mayo de 2021

Barbarie socia IPSA-MP- En pandemia



 tribuna de la verdad.


                                           Barbarie social IPSA-MP-En pandemia.



Los dirigentes del Instituto de Previsión Social IPSA-Guatemala con corona de oro, los jubilados con corona de espinas azotados por su pobreza, sufriendo carencias por falta de prevención de las Juntas Directivas comandadas por Isabel Trejo V de Ovalle desde hace más de quince años. El 2 de Febrero 2021 el Diputado Alberto Sanchez de la comisión de cultura del Congreso de la República presentó en el MP demanda en  contra de la Junta Directiva de IPSA por incumplimiento de deberes; pero a la fecha de esta publicación no se sabe que rumbo tomó; o como la mayoría de casos en  la fiscalía asignada yacen engavetados por posible cooptación o negligencia-Es necesario que se aclare el panorama de este caso. 

La jubilación de adultos mayores a la

Aquí funciona el Ministerio de Cultura.Regulador de la Ley.
Ministerio Público. Aquí yase la demanda.
Estatutos Ministerio de Gobernación.

dirigencia del Instituto no le interesa; por sus malas acciones se ve que están  esperando que parte de los beneficiados siga 
muriendo y así librarse del pago. Más este debe ser entregado a sus deudos hasta la fecha de su fallecimiento, es un derecho ya devengado. La ley 81-90 debe cumplirse no soslayar su mandato-Dice que dicen que no hay recursos y se han hecho llamar en tiempo normal “BRAZO SOCIAL DEL ARTISTA” y no han trabajado en el renglón de prevención; sin embargo este tiene recursos que dejará su anterior presidente Ricardo Bonilla Padilla; personaje criticado por sus erradas políticas; más hay que reconocer que dejó al momento de morir bienes 

materiales y económicos.


Se hace llamado al emisor de la ley Congreso, Ministerio de Cultura, Ministerio Público; Gobernación; derechos Humanos para que se pronuncien  a favor de la aplicación de la Ley en este lamentable caso que afecta parte de las organizaciones adheridas al Instituto de Previsión Social IPSA. Todos otorgan y callan los atropellos que se dan en  ilegalidad y amenaza de retiro. El engranaje en un acto prepotente puede anular las jubilaciones o ya las anuló. Más si esto sucediera no tendría objeto que exista el Instituto, este que ha servido para enriquecer con jugosas dietas y otras acciones a quienes llegan a dirigirle y se perpetúan en el poder; Urge reformar la Ley dando paso a una nueva dirección. Se hace la salvedad que la violación  a esta dio inicio con Bonilla Padilla y a la fecha sigue con Trejo


V. de Ovalle sin  beneficio positivo para asociados. Bonilla Padilla dejó bienes que alguno se podría vender en subasta para obtener mejor precio con ofertantes; y cumplir así con el deber social y subsidiar en parte la carencia de activos en la pandemia Covid-19-En tercera ola de contagios se asevera. Se sabe que a uno de los directores se le preguntó cuando iban a pagar y en forma abusiva  respondió que antes de abrir la boca leyeran los ESTATUTOS. Los Estatutos no prohíben el requerimiento de lo que la ley social manda. Hay entidades civiles que no pueden disponer de un bien y venderlo-pues estos pertenecen a la persona Jurídica no a los dirigentes y asociados.Y ningún Órgano ni Asamblea puede avalar su venta; en consecuencia para no incurrir en delito se  debe respetar la ley que  rige este concepto. 



chus@tribunadelaverdad.com


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